se me ha repetido el post...
bueno, creo que el tema es bastante simple:
nosotros no somos un vehiculo a motor.
el tema tal y como está planteado está previsto para ese tipo de vehículos, el legislador, no contempló la posibilidad de que existiera algo similar a un vehiculo que pudiera transportar más del doble de lo que pesa en si mismo.
La jerarquía de la norma y la aplicación de la norma sustitutoria son principios del derecho...
y cuando todo falla, la costumbre también lo es
llevo muchos Km de asfalto y lo que siempre me ha preocupado es la seguridad que fundamentalmente se resume en que me vean.
que sepan que estoy ahí.
PD el tema de los niños lo he visto en las condiciones que se indicaban en el propio texto articulado que nos ponias y eso es lo que tenía yo entendido.
pienso que no llevaría a mis hijos por una carretera aún cuando lo permitiera el codigo o la ley y en cambio disfrutaría mucho llevandolos por una via verde o un carril bici pongamos por caso...